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El documento de APCE, 1995

  


La resolución de la Asamblea Parlamentaria del Consejo Europeo sobre la situación humanitaria de los refugiados y desplazados en Armenia y Azerbaiyán № 1059 (1995) 

1. La Asamblea se lamenta de que el conflicto de Nagorno Karabaj comenzado desde 1988 se ha resultado con los sufrimientos indecibles de hombres en Armenia y Azerbaiyán, con miles de muertos, diez miles de heridos y más de un millón refugiados y desplazados.
2. La última cifra abarca cien miles hombres quienes vieron obligados a abandonar sus casas después de los informes sobre las amenazas, violencias cometidas y de las ordenes de la dominación Soviética antes del año 1991.
3. Después de declarar su independencia en 1991, la economía de Azerbaiyán y Armenia han decaido seriamente. La situación se ha empeorado con la influencia del conflicto y del bloqueo económico aplicado por los países vecinos.
4. En resultado, la población de ambos países se ha sometido a iniciar el descenso seriamente del nivel de la vida de la población de ambos países, y se enfrenta con dificultades crecientes, además, con la falta de desempleo y la de agua, combustible y energía. Según los cálculos de la Organización de Naciones Unidas en la actualidad más de un millón hombres viven más bajo del nivel de pobreza en ambos países.
5. Sobre todo los refugiados, especialmente en Azerbaiyán los que viven en las tiendas de campaña que no responden a las exigencias estandartes, se enfrentan con graves dificultades por la causa de falta del calor, alimento y ayuda médica..
6. Los programas de ayuda de la Organización de Naciones Unidas fueron elaborados en ambos países en el diciembre de 1992. Pero la financiación de los programas no es bastante para abastecer de todo lo necesario de la situación.
7. Además de esto, los agentes de ONU dan sus consejos a ambos gobiernos sobre la garantía con las informaciones para la transición a la economía de mercado, centralización y los programas de salud y enseñanza y prestan su ayuda. A pesar de esto, estes servicios que siguen dirigiéndose desde diferentes residencias en los países en cuestión, además en Georgia se han hecho complicados con ciertos obstáculos en la vía de colaboración y su presentación puede no reflejar efectivamente el puesto en marcha de la experiencia, gerencia y de los medios para largo plazo.
8. La Asamblea recuerda la Resolución N1251, que aplauda alto el fuego entrado en vigor en 12 de mayo de 1994, que llama a todas las partes a abstenerse de cualquier acto de enemistad que puede hacer daño a este alto el fuego, y que propuesta toda su ayuda para la firmación del tratado de paz estimulando el diálogo entre los representaciones parlamentarias de las partes interesadas.
9. La Asamblea expresa de nuevo para las partes de guerra las llamadas de organizar el regreso prematuro  más posible de los refugiados a sus casas a condición de hacer compensación a los que quieren habitarse en otro lugar, las de respetar a los derechos de minorías y las de poner el fin enseguida al bloqueo sobre los medios de transporte y comunicación entre ellos y al bloqueo aplicado por Rusia y Turquía.
10. La Asmablea propuesta que:
a. los gobiernos de Armenia, Azerbaiyán y Georgia colaboren con los agentes de ONU y las organizaciones no gubernamentales en la presentación de los programas prolongados sobre los primeros auxilios y salud, enseñanza, recuperación y desarollo;
b. El gobierno de Georgia acepte el regreso y alojamiento de los turcos de Mesjetí con la ayuda de ONU y llama a ONU a prestar atención especial a la situación de este grupo débil;
c. La Unión Europea aumente su ayuda a las capas débiles de población de Cáucaso mediante su Empresa Humanitaria.
11. Finalmente, la Asamblea invita a hacer esfuerzos internacionales más extensos para mejorar la situación humanitaria y prestar ayuda en la restablecimiento de paz en Cáucaso y con este objetivo incita a los gobiernos y parlamentarios de los Estados Miembros a hacer sus propuestas de ayuda, experiencia y colaboración para esta región que está en salida del aislamiento de 70 años.
1 – El texto fue aprobado por el Comité Permanente que pone en funcionamiento del nombre de la Asamblea en 15 de marzo de 1995.
Mira: Documento 7250, el Informe por la Migración, Refugiados y Demografía, el informante: el Señor Atkinson; y el Documento 7266, el comento del Comité por las relaciones con los Países no Miembros de Europa, el informante: el Señor Jeszenszki.





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