La Página principal   » EL CONFLICTO EN EL CE    » El documento de APCE, 1994   

El documento de APCE, 1994

  


El aconsejo de la Asamblea Parlamentaria del Consejo Europeo № 1251 (1994) 

1. La Asamblea nota que el conflicto de Nagorno Karabaj comenzó desde 1988 y ya ha resultado con el muerte cerca de 20000  hombres y con más de un millón refugiados.
2. Su Comité por las relaciones con los Estados no miembros de Europa ha organizado desde 1992 la cadena de audiencias a la que asistieron los representaciones de los Parlamentos de Armenia y Azerbaiyán, “la presidencia de Nagorno Karabaj” y “la parte de Azerbaiyán interesado de Nagorno Karabaj”.
3. La Asamblea nota con el consentimiento que se ha acatado bien a alto el fuego estado en vigor en 12 de mayo de 1994 y espera que este alto el fuego se resultará pronto con el tratado de paz firmado por todas las partes interesadas pronto más posible.
4. Para estimular firmar el acuerdo de paz por las partes de guerra, la Asamblea aplauda los esfuerzos del Grupo dfe Minsk de OSCE, del Consejo de Seguridad de ONU, del Gobierno de la Federación Rusa y la Asamblea Interparlamentaria de UEI, además, el tratado firmado por los ministros de defensa de Azerbaiyán y Armenia y el comandante del ejército de Nagorno Karabaj en 26 de julio de 1994; confirmado las obligaciones de acatar al alto el fuego y los esfuerzos de acelerar la firmación del acuerdo político.
5. La Asamblea aconseja que el Comité de Ministros: 
a. llame a los gobiernos de los Estados Miembros del Consejo Europeo que le entregan al Comité de Ministros los medios necesarios para conseguir sus objetivos del Grupo de Minsk de OSCE, especialmente de estacionar los observadores internacionales en la zona de guerra; 
b. Restablezca el diálogo político entre el gobierno de Armenia y Azerbaiyán;
c. así como realizar las condiciones, abra los programas de colaboración para Armenia y Azerbaiyán y sí las partes quieran, entregue a los expertos, quienes podrán ayudar a determinar el status político para Nagorno Karabaj, a la obligación de éstas.




Se ha leido: 3176