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La recomendación de APCE, 2005

  


El consejo N1690 (2205) sobre Nagorno Karabaj de que se ocupa la Conferencia de Minsk de OSCE 

La Asamblea Parlamentaria, basándose en su consejo N1416 (2005) sobre el conflicto de que se ocupa la Conferencia de Minsk de OSCE, aconseja al Comité de Ministros los siguientes que:
I. Incluso especialmente abstenerse de las operacones militares y hacer las fuerzas militares retroceder  desde los territorios ocupados de Azerbaiyán, llame a las partes relacionadas a observar todas las resoluciones 822 (1993), 853 (1993), 874 (1993), 884 (1993) del Consejo de Seguridad de ONU;
II. Lleva el monitoring de realización de las decisiones de las resoluciones del Consejo de Seguridad de ONU y del Consejo de Ministros de OSCE sobre el conflicto por Azerbaiyán y Armenia y haga informe a la Asamblea sobre los resultados del monitoring;
III. Haga informe a la Asamblea sobre los esfuerzos hechos por los Estados Miembros para solucionar el conflicto mediante la paz conforme a las resoluciones del Consejo de Seguridad de ONU. En este informe, en contra de la resolución 853 (1993) del Consejo de Seguridad de ONU, se encuentre el reflejo sobre que si los Estados Miembros se han abstenido del suministro de armas y municiones que podrán llevar a la intencidad del conflicto o a la continuación de ocupación del territorio;
IV. Recordando su consejo 1251 (1994) sobre el conflicto de Nagorno Karabaj, en el caso de que Azerbaiyán y Armenia quieran, ponga a los expertos a sus disposiciónes con el objetivo de prestar ayuda a determinar el status político de Nagorno Karabaj;
V. Asigne medios para el plano de actividad por los actos de creación de confianza especial en Azerbaiyán y Armenia;
VI. Asigne medios para la realización de los programas de entrenamiento especial que persigue el objetivo de comprensión mutua, paciencia y reconciliación para los profesores y periodistas desde ambos países;
VII. Asigne medios a la actividad especial para ambos países por la Comisión Europea contra el racismo y impaciencia especialmente sobre las empresas de enseñanza y medios de prensa pública;
VIII. Los comités principales plenipotenciarios se instruyan que ellos lleven investigaciones sobre el reflejo de las exigencias modernas de eliminar los conflictos entre los Estados Miembros del Consejo Europeo del Convenio de Europa sobre la solución de los litigios mediante la paz y analicen ciertas enmiendas del convenio con el objetivo de encontrar el medio adecuado para solucionar los litigios entre los Estados Miembros del Consejo Europeo con la vía pacífica;
IX. Tome en consideración la resolución 1416 (2005) adoptando la decisión relacionada con la actividad sobre dos país; 
X. Con el fin de apoyar la resloción 1416 (2005) y este consejo en el nivel nacional, bilateral y internacional, los entregue a los gobiernos de los Estados Miembros.



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